domingo, 26 de septiembre de 2010

El TS avala la rectificación de los escritos de acusación contra Garzón


MARÍA PERAL / Madrid

Uno de los cinco magistrados discrepa, por primera vez, del criterio de la Sala

Zapatero embustero

La Sala Penal del Supremo ha desestimado los recursos con los que Baltasar Garzón pretendía neutralizar el proceso que se tramita contra él por una supuesta prevaricación que habría consistido en iniciar, sin competencia legal y en contra de las leyes de Memoria Histórica y Amnistía, unas diligencias sobre las desapariciones del franquismo en las que imputó a personas fallecidas.

Garzón impugnó la decisión del magistrado instructor, Luciano Varela, de dar un plazo de 24 horas a las acusaciones (de un lado Falange Española y, de otro, las organizaciones Manos Limpias y Libertad e Identidad) para que subsanaran los defectos advertidos en sus escritos de acusación contra el juez. Falange no atendió en plazo el requerimiento del instructor y fue expulsada del proceso. Manos Limpias y Libertad e Identidad sí corrigieron su escrito y Varela lo admitió, lo que también fue recurrido por Garzón.

La Sala ha desestimado ambos recursos, respaldando de nuevo la actuación del instructor y validando la incorporación del escrito de la única parte que acusa al juez. De no haber sido así, el proceso habría acabado en archivo por falta de acusación, ya que el fiscal sigue secundando a Garzón pese a las sistemáticas resoluciones adversas del tribunal. Las difundidas ayer suponen, en esta misma línea, un nuevo revolcón para la Fiscalía, que había apoyado los recursos del acusado.

Los dos autos están fechados el 28 de julio -cuando se deliberaron y aprobaron- aunque no se notificaron hasta ayer, 24 horas después de que el Consejo General del Poder Judicial ratificara como presidente de la Sala a Juan Saavedra. Al margen de este hecho, lo cierto es que hasta hace unos días no entregó la redacción definitiva de su voto particular el magistrado Joaquín Giménez, que le ha disputado la presidencia a Saavedra sin éxito. La resolución no podía ser entregada a las partes sin el voto discrepante, ya que se notifican conjuntamente.

El tribunal indica que el requerimiento de subsanación que Varela dirigió a las acusaciones tenía como fundamento la «necesidad de controlar la correspondencia entre la determinación de los hechos punibles realizada por el instructor y los escritos de calificación de las acusaciones» y se hizo «en beneficio del acusado».

La Sala recuerda la regla legal que establece la improcedencia de declarar nulos los actos que puedan ser subsanables y subraya que Varela no dio un plazo adicional a las acusaciones para que rectificaran sus escritos, sino que la subsanación se realizó dentro del plazo que inicialmente tenían concedido para formalizar su calificación acusatoria.

En el caso de Falange, se producía una «mezcla» de hechos ajenos al proceso, juicios de valor y referencias personales. «Dado el alcance del defecto», dice la Sala, «la indefensión posible del acusado estaba en la irregularidad por la falta de precisión del escrito [de Falange] y no en la subsanación del defecto ordenada en beneficio del acusado al posibilitar conocer con exactitud los hechos objeto de acusación sin añadidas valoraciones o consideraciones difuminadoras de aquéllos».

Por lo que se refiere a Manos Limpias, el tribunal señala que no fue requerida para «reformular» su escrito ni para «añadir exigencias necesarias pero omitidas», sino para «eliminar elementos sobrantes indebidamente incorporados, sin afectación de los que, siendo necesarios, el escrito contiene», lo que «no causó indefensión alguna» a Garzón.

Ésta ha sido la primera vez que uno de los cinco magistrados de la Sala se ha apartado del criterio del tribunal. Giménez, que durante los 16 meses de proceso no ha expresado discrepancias, considera que el recurso de Garzón debió ser parcialmente estimado porque el requerimiento a las acusaciones «no tiene apoyo legal». «La acusación ha de ser clara, concreta y comprensible, y ello es exclusiva responsabilidad de quien sostenga la acusación, sin que deba haber interferencia o indicación alguna por parte del juez instructor tendente a facilitar el ejercicio de la acusación», sostiene.

A su parecer, se hubiera tenido que retrotraer el procedimiento para que Varela continuase la tramitación si consideraba admisibles los escritos de acusación o, en caso contrario, acordar el sobreseimiento.

Las cámaras de videovigilancia de la Audiencia Nacional no funcionan

Un problema informático tiene inutilizado desde agosto el control perimetral

Son las instalaciones donde se juzgan todos los casos de terrorismo, el crimen organizado, los grandes delitos... Es decir, un edificio de máxima sensibilidad en materia de seguridad.

Por la Audiencia Nacional no sólo pasan los más peligrosos terroristas, narcotraficantes y mafiosos, sino que también trabajan allí algunas de las más destacadas personalidades del mundo judicial del país: jueces, fiscales, abogados... Pero, últimamente, no ganan para sustos. Su seguridad está pasando por una de sus peores etapas.

Ahora le ha tocado a sus cámaras de videovigilancia. Desde hace más de un mes están inutilizadas, no funcionan, no graban, no sirven para nada. Como explicaron a este periódico fuentes policiales, en agosto se produjo una avería en el sistema informático de los terminales que graban las imágenes y aún no ha sido reparada.

Este hecho ha provocado que los servicios de seguridad de la Audiencia Nacional hayan tenido que reforzar con su presencia física la seguridad perimetral. Es decir, que los agentes destinados a la protección de este complejo tienen que salir más del edificio, y suplir con sus ojos el sistema que ahora no funciona.

Habitualmente, con las cámaras, un agente puede controlar toda la vigilancia exterior. Ahora, el despliegue alrededor del edificio tiene que ser presencial, con los agentes en la calle. Y esto ha provocado que los propios policías destinados en la Audiencia Nacional se encuentren en una situación delicada. Porque el Ministerio del Interior, pese a lo prolongado de la avería, no ha reforzado la seguridad con más efectivos. Porque el problema es, pura y simplemente, según estas fuentes, informático.

Desde la Unión Federal de Policía (UFP) ya se ha levantado la voz. Y se ha alertado a nivel interno de estas graves deficiencias. Se considera que la falta de control exterior, debido a esa avería de las cámaras de videovigilancia, supone una «merma importante» en la seguridad de estas dependencias.

Además, toda la responsabilidad de la seguridad exterior recae en los agentes de seguridad estática, que tienen que desarrollar su trabajo «con más riesgos», según se recoge en un informe elaborado por la UFP, que ha sido elevado al comisario jefe de las instalaciones de la Audiencia.

Conviene recordar que no hace tanto tiempo, el pasado mes de marzo, la Audiencia Nacional fue escenario de un episodio que acabó con la destitución de dos responsables de la seguridad del complejo judicial.

En concreto, sucedió que a los despachos del presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, y de los jueces Fernando Grande-Marlaska e Ismael Moreno llegaron unos sobres que no habían pasado por los debidos controles de los servicios de seguridad para ser analizados.

Los magistrados abrieron los mismos y se llevaron una enorme sorpresa al ver que en su interior había un extraño polvo de color rojo. Posteriormente, se supo que únicamente era polvo de ladrillo.

El juez Baltasar Garzón decidió abrir una investigación sobre el falso ántrax al entender que los autores del envío pudieron haber cometido un delito de amenazas.

1 comentario:

  1. Más madera que es la guerra. Como siempre chapuzas de pepe gotera y otilio...

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